El reparto del agua debe realizarse en proporción a los derechos que tiene cada usuario o canal de la primera sección del río Aconcagua, según se indica en el Rol de Usuarios de la Junta.
Cuando el caudal disponible en el río es insuficiente para satisfacer los caudales máximos, se debe disminuir el caudal a cada usuario en forma proporcional o alícuota.
El sistema de reparto define un lenguaje común para realizar de manera clara y justa la restricción correspondiente, primero para los derechos eventuales y luego para los derechos permanentes, dependiendo del caudal disponible para repartir.
Para poder medir y controlar en terreno y con precisión el caudal que se entrega a cada usuario o canal se cuenta con infraestructura de medición de caudales ubicados aguas abajo de los puntos de regulación.